1. Desarrollar una comprensión colectiva del impacto que tienen los conceptos y las definiciones teóricas en nuestras vidas y nuestros derechos.
  2. Aprender a identificar los huecos entre la teoría (la legislación) y la práctica (lo que sucede en la realidad cotidiana).

Actividad de Reflexión 1.4

Nuestras leyes y el Convenio 189: dónde estamos y en que necesitamos avanzar

Objetivo:

Hacer una reflexión sobre en qué medida la legislación nacional atiende a el Convenio 189.

Materiales de apoyo:

Cartel o texto para distribuir o enviar con el contenido del C189 (resumen con los temas Módulo 1, Tema 3, Actividad de Información 2).
Papel, papelógrafo, papelote o cartulina, marcadores, tarjetas.

Cómo organizar:
Actividad en los grupos:
Actividad en plenaria:

Sugerencia de recuadro

Convenio 189 ArtículosLegislación nacional Clasificación
No atiende el C189Atiende al C189Supera el C189
1 e 2
Definiciones y cobertura:
Trabajo doméstico: aquello realizado en o para domicilios.
Trabajador doméstico: (sexo femenino o masculino) quien realiza el trabajo doméstico em el ámbito de una relación de trabajo. Están excluidos aquellos que realizan el trabajo doméstico de forma ocasional y no siendo un medio de subsistencia.
El Convenio se aplica a todos los trabajadores y todas las trabajadoras del hogar. Hay la posibilidad de exclusión de categorías, desde que justificadas (con otra protección equivalente o cuestiones sustantivas).
3 e 4 Derechos humanos y derechos fundamentales del trabajo: Implementación de medidas efectivas para garantizar esos derechos.
Trabajo Infantil Doméstico: Establecimiento de una edad mínima, en consonancia con convenios asociados a el tema – convenios nº 138 e 182 – y adopción de medidas con relación a trabajadoras con menos de 18 años.
5Protección contra abusos, asedio y violencia: adopción de medidas efectivas en estos temas
6Condiciones equitativas de empleo y trabajo decente: adopción de medidas efectivas en estos temas.
7Información sobre términos y condiciones de trabajo, cuando posible en la forma de contratos de trabajo
8Protección a las trabajadoras domésticas migrantes: en el país de origen, recibimiento de oferta de empleo por escrito o contrato de trabajo, observando las condiciones establecidas en el artículo 7.
9Libertad para decidir el local de residencia, la manutención de la pose de sus documentos personales se acompaña o no miembros del domicilio en sus vacaciones.
10Jornada de trabajo: medidas para asegurar jornada, compensación de horas extras y períodos de descanso diarios, semanales (24 horas consecutivas) y vacaciones. El período de tiempo en que las trabajadoras están a disposición debe ser contabilizado como horas de trabajo.
11Establecimiento de remuneración mínima.
12Remuneración: pagos en dinero, en intervalos regulares y al menos una vez al mes. Posibilidad de pago en especie, desde que establecidas las condiciones para que no sea desfavorable a las trabajadoras.
13 y 14Medidas de salud y seguridad en el trabajo; protección social y protección a la maternidad.
15Agencias privadas de empleo: condiciones de funcionamiento; protección contra abusos.
16Acceso a instancias de resolución de conflictos.
17Inspección del Trabajo: adopción de medidas y posibilidad de acceso al domicilio, con respecto a la privacidad.
  1. Desarrollar una comprensión colectiva del impacto que tienen los conceptos y las definiciones teóricas en nuestras vidas y nuestros derechos.
  2. Aprender a identificar los huecos entre la teoría (la legislación) y la práctica (lo que sucede en la realidad cotidiana).