Objetivo:
Hacer una reflexión sobre en qué medida la legislación nacional atiende a el Convenio 189.
Materiales de apoyo:
Cartel o texto para distribuir o enviar con el contenido del C189 (resumen con los temas Módulo 1, Tema 3, Actividad de Información 2).
Papel, papelógrafo, papelote o cartulina, marcadores, tarjetas.
Cómo organizar:
- Trabajo en grupos.
- En cada grupo se define una persona que va a hacer las notas de las intervenciones y otra para hacer la presentación de la síntesis de las discusiones en plenaria.
- En plenaria, tomar nota de la síntesis de las discusiones en tarjetas para visualización de todas y organizar para mejor visualización.
Actividad en los grupos:
- Evaluar cómo los temas del C189 son abordados en la legislación nacional, organizar las informaciones en el cuadro y clasificar:
- No atienden las definiciones del Convenio n° 189
- Atienden las definiciones del Convenio n° 189
- Superan las definiciones del Convenio n° 189
- Poner las respuestas del grupo en el recuadro abajo para sistematizar la información.
Actividad en plenaria:
- Presentación de los grupos
- Discusión de los resultados
Sugerencia de recuadro
Convenio 189 Artículos | Legislación nacional Clasificación | |||
No atiende el C189 | Atiende al C189 | Supera el C189 | ||
1 e 2 Definiciones y cobertura: | Trabajo doméstico: aquello realizado en o para domicilios. | |||
Trabajador doméstico: (sexo femenino o masculino) quien realiza el trabajo doméstico em el ámbito de una relación de trabajo. Están excluidos aquellos que realizan el trabajo doméstico de forma ocasional y no siendo un medio de subsistencia. | ||||
El Convenio se aplica a todos los trabajadores y todas las trabajadoras del hogar. Hay la posibilidad de exclusión de categorías, justificadas (con otra protección equivalente o cuestiones sustantivas). | ||||
3 y 4 | Derechos humanos y derechos fundamentales del trabajo: Implementación de medidas efectivas para garantizar esos derechos. | |||
Trabajo Infantil Doméstico: Establecimiento de una edad mínima, en consonancia con convenios asociados a el tema – convenios nº 138 e 182 – y adopción de medidas con relación a trabajadoras con menos de 18 años. | ||||
5 | Protección contra abusos, asedio y violencia: adopción de medidas efectivas en estos temas | |||
6 | Condiciones equitativas de empleo y trabajo decente: adopción de medidas efectivas en estos temas. | |||
7 | Información sobre términos y condiciones de trabajo, cuando posible en la forma de contratos de trabajo | |||
8 | Protección a las trabajadoras domésticas migrantes: en el país de origen, recibimiento de oferta de empleo por escrito o contrato de trabajo, observando las condiciones establecidas en el artículo 7. | |||
9 | Libertad para decidir el local de residencia, la manutención de la pose de sus documentos personales se acompaña o no miembros del domicilio en sus vacaciones. | |||
10 | Jornada de trabajo: medidas para asegurar jornada, compensación de horas extras y períodos de descanso diarios, semanales (24 horas consecutivas) y vacaciones. El período de tiempo en que las trabajadoras están a disposición debe ser contabilizado como horas de trabajo. | |||
11 | Establecimiento de remuneración mínima. | |||
12 | Remuneración: pagos en dinero, en intervalos regulares y al menos una vez al mes. Posibilidad de pago en especie, desde que establecidas las condiciones para que no sea desfavorable a las trabajadoras. | |||
13 y 14 | Medidas de salud y seguridad en el trabajo; protección social y protección a la maternidad. | |||
15 | Agencias privadas de empleo: condiciones de funcionamiento; protección contra abusos. | |||
16 | Acceso a instancias de resolución de conflictos. | |||
17 | Inspección del Trabajo: adopción de medidas y posibilidad de acceso al domicilio, con respecto a la privacidad. |